Provincia exige a Nación que homologue el estado de emergencia agropecuaria en 39 distritos

El ministro Rodríguez reclamó que se resuelva de forma urgente la situación de más de 700 productores afectados por la sequía.

El ministro de Desarrollo Agrario bonaerense, Javier Rodríguez volvió a reclamar este viernes al Gobierno nacional la homologación del estado de emergencia agropecuaria ya declarado en diversos distritos.

El funcionario de Axel Kicillof reiteró su pedido al Ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, y al Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Fernando Vilella, para que resuelvan de forma urgente la situación de más de 700 productores afectados por la sequía.

Rodríguez le envió una carta a Caputo y Vilella, en la que reclama la homologación urgente por parte de la Rosada del decreto provincial de emergencia agropecuaria 2157/23, que incluye a 39 municipios bonaerenses, y el tratamiento en la Comisión Nacional de Emergencias Agropecuarias de otro decreto que corresponde a 12 distritos.

“En total, son más de 700 productores afectados por la sequía que ya recibieron los beneficios de ARBA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires) y del Banco Provincia, pero que no pueden acceder a los beneficios impositivos a nivel nacional ni a los créditos especiales del Banco Nación. Hoy los dos trámites están frenados”, señaló.

Qué beneficio otorga la emergencia

La homologación de la emergencia agropecuaria por parte del Gobierno nacional permitiría a los productores y productoras afectados acceder a la prórroga del vencimiento del pago de impuestos que graven el patrimonio, capitales o ganancias de las explotaciones afectadas; la suspensión por parte de AFIP de la iniciación de juicios de ejecución fiscal para el cobro de impuestos adeudados hasta el período siguiente a la finalización del período de emergencia o desastre; y la posibilidad de deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias el 100% de los beneficios derivados las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.

Además, en el marco de la Ley Nacional, la AFIP también podrá establecer la exención total o parcial del pago del impuesto a los Bienes Personales sobre los bienes ubicados en las explotaciones agropecuarias sobre los inmuebles rurales arrendados si se encuentran en zona de desastre. Al mismo tiempo, el organismo podrá determinar la exención de otros tributos como Ganancias, el componente impositivo del Monotributo y las contribuciones a la Seguridad Social.

En tanto, a partir de la homologación nacional, los productores que estén inscriptos en el régimen simplificado del Monotributo podrán gozar de la prórroga del pago del componente impositivo y una reducción del 50% si están englobados en el estado de emergencia y del 75% si se trata de zona de desastre. (DIB)