“La mayoría de los niños y niñas que están en situación de adoptabilidad son mayores de 10 años”

Adopción: cómo funciona el sistema y cuál es la situación a nivel local

La Opinión entrevistó a la Jueza de Familia, Dra. Florencia Marchesi, quien explicó cuál es el panorama a nivel departamental de un tema en el que muchas veces prima el prejuicio o el desconocimiento sobre un proceso que tiene requisitos específicos, plazos determinados, factores decisivos y muchas consideraciones a tener muy en cuenta.

Cuando se habla de adopción no siempre se tienen en cuenta las diferentes circunstancias que rodean a la posibilidad de ahijar a un niño o a una niña. Muchas veces se realiza una lectura simple y rápida de un tema que requiere de un delicado proceso cuyo fin es el de garantizar que un niño pueda crecer y desarrollarse en una familia que le procure los cuidados y las necesidades afectivas y materiales que no pueden ser proporcionadas por su familia de origen.

En ese marco, La Opinión entrevistó a la Jueza de Familia, Dra. Florencia Marchesi, quien explicó las características de las distintas etapas de estos procesos, muchas veces desconocidas por una buena parte de la comunidad, refiriéndose a la voluntad de adopción de los postulantes, los requisitos a tener en cuenta, los plazos estimados, la situación y derechos de los niños y niñas que deben ser respetados, entre muchos otros aspectos.

Interés en adoptar

En primer lugar, Marchesi contó cuántas familias interesadas en adoptar hay en la actualidad en el ámbito del Juzgado de Familia N°1 del Departamento Judicial Trenque Lauquen. “Siempre en el Juzgado ha habido un número bastante parejo que es entre 40 y 50 legajos. Cuando uno habla de Juzgado lo habla a nivel departamental. Tenemos que tener en cuenta que hasta abril del 2023 el Juzgado abarcó toda la Departamental que eran trece distritos. En abril de 2023, cuando comenzó a funcionar el Juzgado de Familia en Pehuajó, este Juzgado comenzó a abarcar el Registro de Adoptantes para las localidades de Henderson, Daireaux, Carlos Casares, Carlos Tejedor y Pehuajó. A partir de este año nos dividimos la jurisdicción territorial para el Registro de Adoptantes. A nivel provincial, hay hoy aproximadamente unos 750 postulantes”, señaló la jueza.

Quiénes pueden inscribirse

Respecto de quiénes se pueden inscribir para formar parte de la nómina de postulantes, la profesional entrevistada explicó que “se pueden inscribir personas solas, personas en uniones convivenciales, parejas heterosexuales, parejas homosexuales, matrimonios”. “Lo que sí exige la Ley es que, cuando se inscriben parejas, el proyecto sea de ambos y realmente tengan conciencia de lo que implica la adopción. Siempre se pide que quienes tengan intenciones de adoptar se informen, busquen ayuda terapéutica para que realmente sea un proyecto conjunto de la pareja o el matrimonio cuando son ambos los que se van a inscribir porque el proyecto exige que se inscriban ambos”, dijo antes de agregar que “es necesario tener más de 25 años de edad y que haya una diferencia con el niño, niña o adolescente que se vaya a adoptar de unos 16 años”.

En este sentido, explicó: “Nosotros tenemos un Registro Central que depende de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y cada Juzgado de Familia de la Provincia inscribe a los postulantes que tienen domicilio dentro de la jurisdicción de cada Juzgado. Pero, por ejemplo, cuando nosotros inscribimos en Trenque Lauquen, la información va al Registro Central y cuando nosotros tenemos un niño, niña o adolescente en condiciones de adoptabilidad se pide al Registro Central la nómina de postulantes. En ese momento la Corte nos baja un listado de veinte postulantes de acuerdo, siempre, a una evaluación previa de las características y necesidades del niño, niña o adolescente que va a ser adoptado. Porque es el niño quien necesita criarse en un ámbito familiar, el que necesita del cariño, la compresión y, sobre todo, que se respete su historia de vida, sus orígenes y su derecho a la identidad. Esto último es lo que prima y lo que nosotros debemos hacer cumplir a cada postulante cuando estamos en un proceso de postulación: que ellos se comprometan a hacer conocer a ese niño o niña sus orígenes y su realidad biológica”.

Situación de adoptabilidad

Consultada sobre cuál es la cantidad actual de niños en situación de adoptabilidad, Marchesi contó: “A nivel provincial tenemos aproximadamente 850. Algo que hay que remarcar es que no todos los niños que se encuentran en instituciones son niños que están en situación de adoptabilidad. Porque un niño puede ser abrigado temporalmente y ahí es cuando trabaja el Poder Ejecutivo con los Servicios Locales y Servicios Zonales que implementan distinta medidas, estrategias y programas para restablecer los derechos vulnerados de esos niños y reintegrarlos a la familia de origen. Luego, agotada esa instancia y los plazos que estima la Ley que son de 180 días, comenzamos con el pedido por parte del Servicio Local y de la Asesoría de Incapaces de la medida civil que es aquella que mejor se adapta a las necesidades de cada niño o cada niña”. “Porque para cada niño puede haber distintas medidas civiles. Si bien puede que se solicite una pérdida de la responsabilidad parental en muchos de los casos, tal vez la adopción no es la única vía. Puede haber una guarda con algún familiar, puede existir una tutela, puede ser algún proyecto de autovalimiento. Porque, hoy por hoy, la mayoría de los niños y niñas que están en situación de adoptabilidad son mayores de 10 años y al ser mayores de 10 años nosotros tenemos la obligación, sí o sí, de consultarlos y que ellos nos presten su consentimiento”.

En este punto, indicó además: “Tenemos la dificultad que a veces, en esas situaciones, no tenemos tantos postulantes que tengan la intención de adoptar niños entre esa franja o grupos de hermanos. Entonces ahí comienza a darse esta pregunta de por qué tantos chicos están tanto tiempo en una institución. Y eso es por los tiempos que demanda a veces el poder llegar a encontrar un postulante para sus necesidades”.

Respeto

En este misma línea, la jueza explicó que “si hay un adolescente que no quiere ser adoptado también tenemos que respetarle su derecho”. “Dependiendo la edad se podría pensar en un autovalimiento después de los 18 años, entonces ahí se trabaja con el Municipio y con distintos efectores locales para poder armar un proyecto de vida para cuando estos chicos sean mayores de edad. Y también ahí es cuando aparece la figura del Registro de Cuidadores Familiares que comienza a través de un proyecto que propone un juez de San Martín a raíz de todas estas situaciones que se nos presentan todos los días de no encontrar postulantes que pueden abarcar estas edades. Es un registro para chicos institucionalizados que tiene el fin de contar con una figura de cuidado en esa franja, de 10 a 17 años, para quienes la figura de la adopción no es propicia o porque no se han encontrado postulantes en el registro. Esa figura puede posteriormente culminar con una adopción con el paso del tiempo o puede quedar en una tutela u otro tipo de figura. Son distintas alternativas porque los tiempos nos han apremiado en esa circunstancia y se hace difícil poder dar con personas que estén dispuestas a alojar chicos de esas edades. En su gran mayoría la voluntad adoptiva va de los 0 a los tres años”, señaló.

Convocatoria pública

Por otro lado, Marchesi informó que “agotadas las instancias del registro provincial a través de la Corte (supongamos que no se encuentra ningún postulante) se recurre a la Red Federal de Registros. Agotada la Red Federal de Registros, se culmina en una convocatoria pública a través de la cual se difunde la posibilidad de que se presente una persona o una pareja dispuesta a ahijar a ese niño, niña o grupo de hermanos para los cuales no se ha encontrado por la vía primaria un postulante. Por supuesto que de aparecer esa persona se comienza con la etapa de las evaluaciones, entrevistas y audiencias. Se requiere que no tengan antecedentes penales, completar un formulario específico y demás”.

En cuánto a cuáles son los motivos por los que un niño accede a la adopción, la letrada enumeró algunas de las situaciones que pueden darse en este sentido: “Por abandono de sus padres, también cuando agotadas las estrategias de los Servicios Locales, Zonales y todos los programas que se puedan implementar se considera que los progenitores no están en condiciones de poder asegurar las necesidades psíquicas y físicas de un niño, o cuando los padres han fallecido y no tienen representantes legales o no pueden tener tampoco ningún familiar que los pueda albergar. Éstos son todos factores para llegar a una adoptabilidad”.

Requisitos

Sobre los requisitos que deben seguir aquellos que tienen deseos de integrar la lista de postulantes, Marchesi detalló: “En primer lugar, deben completar un formulario on line a través de la página de la Suprema Corte. Luego de completado ese formulario se comunican con el Juzgado de su domicilio y allí se les da una fecha para las evaluaciones, audiencias y entrevistas, y se conforma el legajo que luego se envía a la Suprema Corte y al Registro Central y, finalmente, se otorga el alta definitiva o condicionada en caso de que falte algún trámite por realizar. Lo más importante es que la gente remarque la voluntad adoptiva porque, de esa manera, de acuerdo a las necesidades de cada niño, se va a poder hacer el filtro en base a esa voluntad que los postulantes han manifestado. No es lo mismo que el postulante diga ‘acepto niños de 0 a 3 años y grupo de hermanos’ a que diga ‘mi voluntad adoptiva es ahijar niños de ‘8 a 14 años’. Si tenemos un niño de 12 años, aquél que manifestó que su voluntad adoptiva es de 0 a 3 no va a estar en la preselección por más que esté inscripto mucho tiempo antes”.

Entre los requisitos, también se solicita “certificado de antecedentes penales, declaración jurada de ingresos o recibo de haberes, partida de nacimiento si tienen hijos biológicos y si tienen hijos ya adoptados se tiene que presentar la sentencia de adopción. Si tienen algún niño o niña en guarda productiva también presentar la sentencia, tienen que hacer saber todas las circunstancias. Libreta de familia en caso de que sea un matrimonio o algún instrumento que acredite la unión convivencial en caso de ser pareja”. “La inscripción tiene un plazo de vigencia de dos años desde el alta o desde el alta provisoria. El alta se les notifica, pero cuando se les va a vencer el plazo, eso no se notifica. Por eso la gente tiene que tener en agenda esa fecha”, se destacó.

Etapas

Marchesi también hizo referencia a las distintas etapas que requiere el proceso de adoptabilidad. “Cuando declaro el estado de adoptabilidad de un niño comienza lo que es la búsqueda a través del Registro, luego se hace la preselección, se analiza la viabilidad de esa preselección, se hacen entrevistas, se les informa en detalle la historia de vida del niño y los postulantes manifiestan si persisten en el deseo de adoptar y luego se define cuál es el proyecto conveniente para las necesidades de esos chicos. Se comienza con un trabajo de vinculación, con visitas previamente de los postulantes a la institución donde el niño está alojado, con salidas en ese mismo lugar, luego con autorizaciones para poder viajar a la localidad de los postulantes en caso de que no sean de la misma localidad, para quedarse allí unos días y ver cómo funciona la dinámica vincular, así progresivamente hasta que se considera por los profesionales y los equipos técnicos que están dadas las condiciones para que el niño vaya a vivir al domicilio de sus postulantes”, señaló, añadiendo: “Ahí se otorga la guarda preadoptiva que tiene un plazo de seis meses, en ese plazo se realizan entrevistas, seguimientos, audiencias. Culminado ese plazo los postulantes comienzan el trámite de la adopción propiamente dicha”.

Por último, Marchesi explicó algunas de las metas que tiene la culminación de un proceso de adopción. “Se espera de las personas que se ofrecen que acepten a esos niños, que entiendan que van a ser el sujeto principal de su proyecto adoptivo, que van a tener que relegar su proyecto personal o profesional porque toda vinculación lleva su tiempo, que sepan que van a tener que dar respuesta a las necesidades de esos niños que tienen una historia que hay que respetar y en ese contexto van a tener que entender situaciones que se presenten y planteos que puedan llegar a hacer. Se buscan familias para los niños y no a la inversa”, expresó.

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