Carlos Tejedor, diciembre 19 de 2022

He de dirigirme a Ud. en relación a la multa que se me formuló el día 3/10/22 en T. Lauquen a mi vehículo Polo patente AC008AE por no pagar el Estacionamiento Medido estando en la calle Roca en cercanías del Juzgado de Menores (…).
Mi queja se fundamenta en que desconocía la obligatoriedad de abonar dicho estacionamiento medido y que estando permanentemente en el vehículo o en sus cercanías (vereda) nadie me advirtió de tal requerimiento a pesar de que pasaron por el lugar caminando inspectores municipales debidamente identificados, y dos femeninas en moto sin que me dijeran que debía pagar canon alguno, hallándome ahora con la sorpresa de que se me sanciona con la multa.
Estimo que en circunstancias como la que apunto el personal municipal debería tomar algún recaudo para que previo a labrar la infracción verifique que el conductor conozca tal obligación, más si está en el vehículo o en las cercanías, o se proceda como en otras ciudades eximiéndose del pago a quienes no tienen domicilio en ese partido, siendo evidente que la multa solo tiene sentido recaudatorio.
Los supuestos carteles que pudieran existir en la zona no suplen la advertencia verbal más cuando la persona no es del lugar.
Tomado contacto telefónico con la Sra. Jueza de Faltas Dra. Cicconi en la fecha no aceptó ningún descargo y solo admitió el pago voluntario que realizo en la fecha bajo protesta y dejo asentada la misma por medio de la presente que hago llegar a Ud. y al HC Deliberante y medios de comunicación de esa.

Antonio Gonzalez
DNI 11.418.505
Barrio Malvinas Argentinas Casa 59 (6455) Carlos Tejedor